domingo, 1 de julio de 2007

Convecion Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, la deuda del estado con los jóvenes, en materia de derechos.








En un estado que debe asegurar derechos para todos, podríamos ver que si segmentamos por edades el estado a quienes menos les reconoce derechos es a lo jóvenes, si miramos a los niños, sus derechos son reconocidos. Pero se produce un vació si miramos lo que pasa en realcion a los jovenes.

La Organización Iberoamericana de Juventud es un organismo internacional de carácter gubernamental, creado para promover el diálogo, los conciertos y la cooperación en materia de juventud entre los países iberoamericanos. N°1
En el documento de la convención iberoamericana de derechos se considera bajo las expresiones "joven", "jóvenes" y "juventud" a todas las personas, nacionales o residentes en algún país de Ibero América, comprendidas entre los 15 y los 24 años de edad. N°2

Entendido esto cabe mencionar que chile como miembro de la OIJ tiene la opcion de ratificar esta convencion, pero de minuto la decision pasa por cancilleria y se encuentra relativamente estancada debido a que contiene elementos que no figuran en la legalidad de Chile como en el articulo 12 que habla de la objecion de conciencia. Pero cabe mencionar que chile puede ratificar con reservas.

Artículo 12. Derecho a la objeción de conciencia.
1. Los jóvenes tienen derecho a formular objeción de conciencia frente al servicio militar
obligatorio.
2. Los Estados Parte se comprometen a promover las medidas legislativas pertinentes para
garantizar el ejercicio de este derecho y avanzar en la eliminación progresiva del servicio militar
obligatorio.
3. Los Estados Parte se comprometen a asegurar que los jóvenes menores de 18 años no serán
llamados a filas ni involucrados, en modo alguno, en hostilidades militares. Nº3

es en este punto donde quisiera detenerme dado que este tema ha sido discutido por la concertación e incluso en el Programa de Gobierno 2006 – 2010 de Michelle Bachelet, publicado en 2005, preveía impulsar la aprobación de la Objeción de Conciencia y un sistema de prestaciones sociales sustitutorias. Además, la transición hacia un Servicio Militar completamente voluntario y la creación de un Servicio Ciudadano Alternativo.
Una idea nada nueva que viene planteandose desde los principios mismos en la concertacion. En el libro “La Democracia que Anhelamos” del año 89 se expresa que:

“Dos años de duro entrenamiento autoritario para los pobres, nada para los otros. Esta en la verdadera realidad del servicio militar obligatorio.
Proponemos abrir la posibilidad de que los jovenes puedan optar en conciencia por un servicio social obligatorio sin imposicion de portar armas.
El servicio militar obligatorio puede ser tambien un servicio al pais y a los jóvenes. La colonizacion del sur de Chile, la solucion del problema de la vivienda, la lucha contra el avance del decierto, la reforestación, el acceso a la salud y a la educación en las zonas de marginalidad, son grandes necesidades nacionales que podrian estar tambien al servicio de los jovenes a la patria.
El pais esta en deuda con los jóvenes la energia y creatividad juvenil acumulada puede constituirse en el impuso decisivo al desarrollo de chile en democracia.” Nº4

Si bien el tema de la objecion de conciencia no es nada nuevo, es nuestro deber como jóvenes, el pensando en los jóvenes de chile que este tema no debe dejar de ser discutido, y se debe pedir que se cumplan las promesas.
Volviendo a la Convencion de Iberomericana de derechos de la juventud, como jovenes progresistas, como jovenes con pensamiento politico y algunos con militancia politica, es deber, el investigar esta declaracion discutirla dentro de los partidos, asi como entre jovenes de todos los sectores e impulsar la discusion en todos los nivles.
Pedir que el gobierno y que la cancilleria, pasen al congreso la discusion para que en chile pueda ratificar esta Convencion y un joven pueda imbocarla cuando sienta que sus derechos no son respetados.

N°1 Definición de la OIJ, http://www.oij.org/acerca.php
N°2 Articulo 1, Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes
Nº3 Articulo 12, Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes
Nº4 La Democracia que Anhelamos, año 1989, Ricardo Lagos, Sergio Bitar

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